La ilusión de los ahorros en efectivo: un alto coste para las pequeñas empresas

La transición digital actual parece no afectar a los comerciantes y pequeños empresarios, persuadidos por la idea – como veremos, irracional – de que el dinero en efectivo produce menos costes que los pagos con tarjeta.

Los datos y las estadísticas niegan una ilusión suscitada más bien por el carácter emotivo que por la realidad de los hechos. En los siguientes párrafos trataremos de explicar brevemente por qué el efectivo sale más caro a las pequeñas empresas  que las transacciones electrónicas.

Hurtos, robos y seguridad

Las estadísticas del Ministerio del Interior informan de un aumento progresivo  del gasto de las empresas en seguridad privada. La instalación de cámaras y alarmas son las medidas de seguridad más recurrentes. Desde 2013, asistimos a una evolución constante de los contratos de alarmas vigentes.

Evolucion de contratos de alarmas vigentes

Fuente: Ministerio del Interior – Anuarios y Estadísticas sobre seguridad privada

España es el país de Europa que más gasta en prevención de robos en las tiendas. Este gasto representa el 2,21% de la facturación del comercio minorista español.

Mientras que por un lado las empresas están dedicando una parte cada vez mayor de los ingresos para la compra y el mantenimiento de equipos o servicios, por el otro asistimos a una disminución gradual de los robos y atracos. Una explicación plausible se puede encontrar en el estudio Cashless Cities de Roubini ThoughtLab, según el cual los robos y atracos disminuyen con el aumento de los pagos digitales.

Media anual de hurtos y robos

Fuente: Roubini ThoughtLab

En las ciudades más propensas a los pagos digitales – por lo tanto, al uso de tarjeta, smartphone, monederos electrónicos y cuentas online – el número de delitos denunciados (hurtos y robos) resulta mucho menor que el de los delitos ocurridos en aquellas áreas donde el efectivo todavía cuenta con un papel destacado.

Cuentas de empresa  y comisiones

Si por un lado, los pagos digitales no pueden evitar los costes de administración de la cuenta corriente de la empresa, por el otro, las altas cantidades de efectivo pueden aumentar los costes.

Para incentivar la transición a las herramientas digitales, los bancos están comenzando a aplicar:

  • límites al número de operaciones gratuitas en el mostrador
  • comisiones por exceso de operaciones
  • obligación de justificar la retirada de efectivo

Como puede observarse en la gestión de una actividad, la necesidad de operaciones en el mostrador – a saber, depósitos y retiradas – está estrechamente relacionada con la presencia de una gran cantidad de dinero en efectivo en la tienda o en la empresa.

Límites, controles y sanciones

En el marco de la lucha contra la economía sumergida y el fraude fiscal, el artículo 7 de la Ley 7/2012 impone un límite máximo de 2.500 € para el pago en efectivo de las operaciones en las que una de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional.

Si el pagador es una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe como empresario o profesional, el límite asciende a 15.000 €. A efectos de cálculo de la cuantía, se suman los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o prestación de servicios.

Es importante tener en cuenta que por efectivo no se entiende únicamente dinero en metálico, sino todos los medios concebidos para ser utilizados como pago al portador de acuerdo con el artículo 34.2 de la Ley 10/2010.

Actualmente, el Gobierno se encuentra en trámites para modificar estos límites y reducir todavía más las operaciones en efectivo, con objetivo de combatir el fraude fiscal y la economía sumergida.

En el reciente Anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal , se prevé que el límite para los pagos en efectivo se reduzca de los actuales 2.500 € a 1.000 €. El límite de 15.000 € pasaría a ser de 10.000€.

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo es constitutivo de infracción administrativa grave. La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25% del importe de la operación.

Para respaldar estos límites, la Agencia Tributaria puede pedir justificación a las empresas por retirada o ingreso de cantidades en efectivo. En ausencia de una razón válida y en caso de que se verifiquen violaciones de las normas contra el blanqueo de capitales, las empresas se enfrentarán a las sanciones previstas en la Ley 10/2010.

Billetes falsos, incompetencia en caja

En las pérdidas diarias de una actividad inciden inevitablemente dos factores adicionales, que no siempre son reconocibles dentro de una tienda en hora punta:

  • incompetencia y negligencia de los encargados de la caja
  • falsificación de billetes y monedas

Según el informe La pérdida en la distribución comercial 2018 elaborado por la asociación de fabricantes y distribuidores AECOC junto con la consultora EY, los comercios españoles perdieron durante el 2017 alrededor de 396 millones de euros por  mala gestión administrativa.

Además, la Memoria de la Fiscalía General del Estado, señala que durante el 2017 se incautaron 59.594 billetes falsos ya en circulación, en manos de consumidores y empresarios.

Los billetes de 50 euros se sitúan en el podio de los recortes falsificados (48%), junto con el de 20 euros (36%)  y las monedas de 2 euros.

Quien toma posesión de efectivo falsificado sufre un daño económico irrecuperable (no se prevé el reembolso), mientras que aquellos que deciden enfrentarlo mediante controles adecuados de la caja se arriesgan a ralentizar significativamente el desarrollo de su actividad.

En caso que el empresario reciba una falsificación, debe ponerlo en conocimiento de la policía. Si intenta ponerla en circulación, puede incurrir en un delito castigado con penas de prisión y pecuniarias, de conformidad con el artículo 386.3 del Código Penal.

Los billetes de 50 y 20 euros y las monedas de 2 euros son objeto de un amplio fenómeno de falsificación. Además de la pérdida irrecuperable, los comerciantes que los distribuyan se arriesgan a sanciones penales muy severas.

Deducción del IVA a través de pago electrónico

Conseguir y conservar en buen estado los justificantes asociados a una actividad empresarial para después reducir el IVA es un proceso a menudo engorroso y para el que muchos empresarios ocupados pueden no disponer de tiempo suficiente.

En este sentido, la app DevoluIVA ha supuesto una gran ayuda para los empresarios, ya que permite fotografiar el ticket emitido por los comercios adheridos y transformarlo en una factura electrónica.

Con intención de facilitar aún más este proceso para los empresarios,  Mastercard ha llegado a un acuerdo con DevoluIVA para ofrecer una mayor simplificación  basada en pagos electrónicos.

Los gastos en comercios adheridos a DevoluIVA que se abonen a través de una tarjeta de empresa de Mastercard, se transforman automáticamente en facturas electrónicas, que quedan almacenadas para su posterior integración en el sistema de contabilidad.

Esta propuesta permite que si el total de gastos corporativos se realiza con tarjeta, las empresas garanticen la recuperación del 100% de su IVA deducible, evitando incurrir en las pérdidas derivadas de extravío o deterioro de justificantes.

Ángel Garrido, CEO de DevoluIVA, estima que estas pérdidas al final de cada año ascienden hasta 3.000 € para autónomos, 60.000 € de media para Pymes y 500.000 €  para grandes empresas.